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02 · Patrocinio especializado

Abuso sexual infantil: patrocinio de la familia

Representación de la madre o del progenitor protector cuando un niño, niña o adolescente revela una situación de abuso. Trabajo coordinado en el fuero de familia y en el penal, con equipo propio de psicología y psiquiatría forense.

CABA y provincia de Buenos Aires

jurisdicciones donde intervenimos

Civil y penal

los dos fueros, coordinados

Los socios

quién atiende tu caso

Alcance

Qué abarca esta práctica.

No todo corresponde en todos los casos. Lo que se puede pedir depende de los hechos y de la prueba disponible: eso se define en la entrevista.

  • 01

    Asesoramiento previo a la denuncia: qué se denuncia, dónde, con qué constancias y qué consecuencias tiene cada camino.

  • 02

    Constitución como querellante (Ciudad de Buenos Aires y fuero federal) o como particular damnificado (provincia de Buenos Aires) en representación de la víctima.

  • 03

    Preparación técnica de la declaración en cámara Gesell, con nuestro equipo de validación del testimonio.

  • 04

    Control de las pericias psicológicas y psiquiátricas ordenadas en la causa, con peritos de parte.

  • 05

    Medidas urgentes en el fuero de familia: suspensión o supervisión del régimen de comunicación, prohibición de acercamiento, atribución del cuidado personal.

Los dos frentes

Qué pasa en cada fuero.

Una misma situación puede abrir dos expedientes con lógicas y tiempos distintos. Así se reparte en esta área.

Fuero civil · familia

Protege ahora

Se protege al niño o niña mientras la investigación avanza: suspensión o supervisión del régimen de comunicación, atribución del cuidado personal, prohibición de acercamiento y medidas de resguardo. Es el fuero que actúa rápido.

Fuero penal

Investiga el hecho

Se investiga la posible comisión de un delito. Interviniendo como querellante o particular damnificado, el estudio propone prueba, controla las pericias y participa de la producción de la declaración en cámara Gesell, en lugar de esperar el resultado desde afuera.

Ver cómo se comparan los dos frentes en las tres situaciones más frecuentes

La primera entrevista

Con qué te vas de la primera reunión.

La entrevista la hace uno de los socios y dura lo que haga falta. Si no hay caso, te lo decimos ahí mismo.

Conocé a los socios
  • Una explicación en lenguaje claro de qué proceso se abre en cada fuero y qué se decide en cada uno.

  • Qué hacer y qué evitar en los días siguientes, para no comprometer la prueba.

  • Con qué profesionales del equipo vas a trabajar y en qué momento intervienen.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre abuso sexual infantil.

La respuesta corta arriba; el detalle, si querés ampliarlo.

¿Qué es la declaración en cámara Gesell?

Es el modo en que la ley prevé que declaren los niños, niñas y adolescentes: una sola vez, en una sala preparada, entrevistados por un profesional especializado y no por el juez o las partes.

+ AmpliarVer menos

Las partes siguen la entrevista desde otra sala y pueden proponer preguntas a través del profesional. Por eso la preparación técnica previa es determinante: en la mayoría de las causas es la prueba central, y no se repite. Nuestro equipo de validación del testimonio interviene desde antes de esa fecha.

¿Puedo intervenir en la causa penal o solo denunciar?

Puede intervenir. Constituyéndose como querellante en la Ciudad de Buenos Aires, o como particular damnificado en la provincia, la familia deja de ser un espectador y pasa a ser parte del proceso.

+ AmpliarVer menos

Ser parte permite proponer prueba, controlar las pericias, recurrir decisiones y ser notificado de cada paso. La ley 27.372 de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos reforzó ese lugar. Los requisitos y los plazos para constituirse varían según la jurisdicción, así que conviene consultar temprano.

Pasaron años desde los hechos. ¿Sigue siendo posible denunciar?

Puede serlo. En los delitos contra la integridad sexual cometidos contra personas menores de edad, la ley prevé reglas especiales de prescripción que contemplan el tiempo que la víctima necesita para hablar.

+ AmpliarVer menos

No es una respuesta que pueda darse en general: depende de la fecha de los hechos, de la edad de la víctima y del delito de que se trate. Es exactamente el tipo de análisis que hacemos en la primera entrevista, con la documentación a la vista, antes de que tomes cualquier decisión.

Antes de escribir

«¿Esto que me pasa entra acá?»

Es la pregunta con la que empieza casi toda consulta de abuso sexual infantil. Contanos qué pasó y te decimos con honestidad si hay caso, qué fuero interviene y cuál es el primer paso.

Lunes a viernes · 9:00 a 19:00 · Entrevistas presenciales y online · Ciudad de Buenos Aires y provincia de Buenos Aires